Desde el viernes 23 de septiembre el uso de mascarillas será facultativo. Te contamos cuáles serán los nuevos protocolos contra el Covid-19.
Carné de vacunación solo será exigido a las personas que vengan del extranjero. FOTO: AFP
Tras más de dos años de pandemia, la población peruana se ha acostumbrado a convivir con las mascarillas, pero este jueves 22 de septiembre, el Ministerio de Salud (Minsa) anunció que los ciudadanos podrán circular por el país sin el cubrebocas. El ministro Jorge López Peña también precisó que las mascarillas aún se podrán utilizar en los hospitales, en el transporte público y para las personas que presenten síntomas de contagio.
La medida es proclamada ante la reducción de casos de Covid-19 y un incremento en el porcentaje de población vacunada. Sin embargo, el Minsa recomendó que la personas vulnerables aún mantenga su uso.
“Se han hecho cambios en la reglamentación del uso de la mascarilla. El uso de mascarilla solamente va a ser obligatorio en los vehículos, hospitales y todas las personas que tengan una situación clínica respiratoria”, señaló López en conferencia de prensa realizada en el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC), en Jesús María.
¿Desde cuándo rige la medida?
Asimismo, precisó que medida será oficializada con un decreto supremo, el cual se emitiría este viernes 23 de setiembre, tras la firma de algunos de los ministros que hoy retornan de Estados Unidos, luego de participar en la Asamblea General de las Naciones Unidas.
“(La norma) debe salir el día de mañana porque teníamos que esperar a que se complete la firma (en el decreto supremo) de los ministros que están en el exterior”, sostuvo.
Presentación del carné de vacunación ya no será obligatorio
En esa línea, comentó que la exigencia del carné de vacunación en los centros comerciales y espacios cerrados será retirada de manera progresiva. “Solo será pedido a toda persona que llegue del extranjero”, añadió.
Hasta la fecha, el carné de vacunación se exige para la entrada a centros comerciales, mercados, supermercados, locales de asociaciones deportivas, locales de diversión (discotecas, salsódromos, pubs y similares), conciertos, teatros, cines, gimnasios, iglesias, restaurantes y otros conglomerados. También, es un requisito para poder desplazarse por el país o el extranjero tanto por vía aérea, como en vehículos interprovinciales o línea férrea.
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