“Las compañías de seguros públicas y privadas, deberán cumplir con una serie de procedimientos específicos para goce de nueva licencia”.
El Gobierno promulgó este martes 16 de agosto, la Ley Nº. 31561, Ley de prevención del Cáncer en las mujeres y fortalecimiento de la atención especializada oncológica. Esta norma dispone que las trabajadoras del sector público y privado, deberán recibir una licencia con goce de haber para realizarse un examen de descarte de cáncer de mama y cuello uterino.
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El diario oficial el Peruano publicó dicha ley y señala que, el procedimiento, modo y plazos para solicitar la licencia, serán establecidos dentro del Reglamento de la Ley, el cual deberá ser emitido en un plazo máximo de 60 días calendario y vencerá el 15 de octubre del 2022.
Dentro del documento, el artículo 3 especifica, “Las mujeres trabajadoras de la actividad pública y privada, incluida la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas, tienen derecho a un día al año de licencia con goce de haber, cuando concurran a realizarse los exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino”.
Asimismo, el documento precisa que “los establecimientos públicos y privados deben realizar el debido procedimiento para implementar la atención pero deberán priorizar a mujeres con diagnóstico oncológico”.
Es importante tomar en cuenta que, las trabajadoras no tendrán que compensar las horas utilizadas para la licencia con goce de haber.
¿Cómo beneficia a las mujeres peruanas esta ley?
En el Perú, durante el año 2021 se detectaron 6,860 casos de Cáncer de mamá y 4,270 de cuello uterino, dando como resultado que 11,130 mujeres se vean afectadas. Estas elevadas cifras, reflejan la necesidad de realizarse un control médico para así, poder detectar esta letal enfermedad a tiempo y poder tratarla.
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